La directora de la Anses, Fernanda Raverta, estimó que más de 800.000 personas podrán regularizar aportes faltantes hasta diciembre de 2008.
La nueva reforma previsional, que fue convertida en ley este martes por la Cámara de Diputados, según cifras oficiales, permitirá a más de 800.000 personas jubilarse a partir de la regularización de las deudas que mantengan con la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) hasta 2008.
Al igual que en sus versiones anteriores, se tratará de un plan de pagos para que puedan acceder a un haber jubilatorio y a obra social a quienes no llegan a cumplir con los 30 años de aportes.
“Vamos a estar recibiendo con orgullo a las miles de personas que durante estos meses vinieron a las oficinas de ANSES de todo el país para poder jubilarse y no lo podían hacer porque nos faltaba esta ley”, dijo Fernanda Raverta, titular de la ANSES, en referencia con la moratoria que venció en diciembre y que demoró dos meses en ser aprobada por Diputados una nueva edición.
Quiénes puede acceder a la moratoria previsional
De acuerdo con la información que dio a conocer ANSES, podrán acceder a la moratoria previsional personas que ya alcanzaron la edad jubilatoria -mujeres de 60 años o más y varones de 65 años o más-, que no cuentan con los 30 años de aportes necesarios.
También estará disponible para quienes aún no alcanzaron la edad jubilatoria (mujeres de entre 50 y 59 años y varones de entre 55 y 64 años), que ya saben que, al cumplir la edad para jubilarse, no contarán con los 30 años de aportes.
De acuerdo con las cifras oficiales, con el Plan de Pago de Deuda Previsional 800.000 personas que durante este año cumplan y tengan la edad requerida podrán acceder a la cancelación de su deuda previsional para jubilarse. Y, además, cerca de 900.000 trabajadores podrán identificar los períodos de aportes faltantes y cancelarlos anticipadamente antes de alcanzar la edad.
Cómo se podrán regularizar las deudas previsionales
Las personas que ya alcanzaron la edad jubilatoria van a poder regularizar períodos faltantes hasta diciembre de 2008 inclusive, en cuotas mensuales que se descontarán de la jubilación.
Mientras que quienes no alcanzaron la edad jubilatoria, podrán hacerlo para los períodos faltantes hasta el 31 de marzo de 2012 inclusive, “identificando los períodos a regularizar y cancelándolos de acuerdo con sus posibilidades”, detalló el organismo en un comunicado.
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