CASO LOAN! Diputados desestimaron pedido de Juicio Político al Gobernador de Corrientes

La Cámara de Diputados, en su sesión 20, puso a votación nominal del cuerpo parlamentario el pedido de Juicio Político contra el Gobernador y Vicegobernador presentado por los padres del niño Loan Peña, el que pasó al archivo, al no contar con los números necesarios.

El expediente obtuvo: 18 votos por el rechazo y 6 por el pase a comisión, sobre un total de 25 diputados presentes.

Argumentaron su postura los diputados Norberto Ast, por el oficialismo; y los diputados German Braillard Poccard, Marlene Gauna y Adriana Vidal Domínguez, por la oposición.

Cumplimentado el tratamiento de ese primer tema de los asuntos entrados, la Cámara de Diputados sancionó la ley 6695 de adhesión de la Provincia de Corrientes a la Ley Nacional 27.553 de “Recetas Electrónicas o Digitales”, autoría del senador Diógenes I. González.

La normativa tiene por objeto establecer que la prescripción y dispensación de medicamentos, puedan ser redactadas y firmadas a través de firmas manuscritas, electrónicas o digitales, en recetas electrónicas o digitales, en todo el territorio nacional; solicitándose la adhesión de las provincias.

De esta manera, se establece que puedan utilizarse plataformas de “tele-asistencia” en salud, en todo el territorio nacional, de conformidad con la Ley 25.326 de “Protección de los Datos Personales” y la Ley 26.529 de “Derechos del Paciente”.

Esta modalidad permitirá que el paciente pueda contactarse con sus profesionales médicos telefónicamente o vía mail para acordar el envío automático de recetas firmadas electrónicamente a las farmacias.

 

MEDIA SANCIÓN PARA “LEY MICA ORTEGA”

Por otra parte, los diputados otorgaron media sanción al proyecto de ley de adhesión a la ley nacional 27590 “Mica Ortega”, consistente en el Programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o Ciberacoso contra Niñas, Niños y Adolescentes.

La iniciativa presentada por la diputada Valeria Pavón tiene como objetivo la prevención de dicho delito, con campañas de concientización y otras acciones.

Cabe recordar que la ley lleva el nombre de “Mica Ortega”, una niña de tan solo doce años, quien fue asesinada en abril del año 2016 tras haber sido engañada por medio de redes sociales por quien hoy se encuentra condenado a prisión perpetua por el delito de Grooming seguido de muerte.

“El grooming consiste en la acción deliberada por parte de una persona de acosar a un niño, niña o adolescente con fines sexuales mediante el uso de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos”, recuerda la fundamentación, agregando que “este delito se constituye cuando el contacto telemático con una persona menor de edad pueda atentar contra la integridad sexual de esta última. Puede estar vinculado al delito de corrupción de menores, al de abuso sexual infantil, a los abusos sexuales en general e incluso a la trata de personas”.

“Se trata, en definitiva, de un proceso mediante el cual una persona establece un vínculo de confianza y control emocional con otra – menor de edad -, basado en manipulaciones y engaños, con el objetivo de obtener material de contenido sexual del o la menor”.

Es un delito, incorporado al Código Penal Argentino el 13 de noviembre de 2013 con la sanción de la Ley 26.904 por lo que se instauró dicha fecha como Día de la Lucha contra el Grooming, ciberacoso o acoso de menores por Internet.

 

CONCURSO DOCENTE PARA CARGOS JERÁRQUICOS

En la sesión de marras, también obtuvo media sanción, el proyecto de ley que establece un concurso de cargos jerárquicos dependientes de la Dirección del Nivel Secundario, presentado por los diputados del bloque de la Unión Cívica Radical.

El objetivo es establecer un régimen de concursos, de naturaleza excepcional y transitorio, para cubrir con carácter de titular los cargos vacantes que se consideran necesarios para el cumplimiento regular, por etapas, del escalafón para el personal jerárquico.

“Es decir, una ley especial, para paulatinamente aplicar en un todo la ley general en el ámbito docente, como lo es el Estatuto del Docente en el aspecto escalafonario”, se aclaró.

“Está previsto, además, que la autoridad académica competente establezca los criterios específicos, disponiendo no solo la calificación académica y aptitudes personales, sino también la situación jurídica que deben cumplir los aspirantes, de manera que quienes accedan a los referidos cargos desempeñen y permanezcan en sus funciones en el ámbito de la enseñanza, con acreditada idoneidad y en el escalafón merecido de la carrera docente de nivel secundario”, prevé la futura normativa.

Los concursos dispuestos tienen el carácter de cerrado por cada establecimiento y por títulos, antecedentes y oposición, tanto para los colegios secundarios en sus distintas modalidades y escuelas normales, según lo disponga la reglamentación.

Tendrán derecho a participar de estos concursos aquellos docentes que posean título de Docente y que reúnan los requisitos estipulados en la ley.

En la sesión, el diputado Norberto Ast expuso que el tema fue sacado de archivo. “Lo volvemos a poner en estado parlamentario con un nuevo proyecto exactamente igual. Pero agregándole el tema de la modalidad de la educación física”.

“Habíamos hecho –continuó- un trabajo previo con gente del área de educativa y que estuvo absolutamente de acuerdo con esta modificación. Avanzó en su momento y este cuerpo por unanimidad lo había probado. Le había dado la media sanción correspondiente. Esto luego pasó al Senado del Senado. No lo trató. Y perdió el Estado parlamentario con el inicio de este nuevo año legislativo los nuevos integrantes de la Comisión de Educación del Senado se encuentran con esta situación, habiendo caído el expediente y sugieren volver a presentar”, relató.

“Hemos consultado con algunos gremios que estuvieron de acuerdo y ampliaron para que el mismo sea teniendo en cuenta en todas las modalidades y la situación… Esta es una experiencia que se está dando en el nivel inicial y que está dando muy buenos resultados, en el sentido de que los docentes que están al frente de un aula, tienen la posibilidad cierta con esta decisión, de poder concursar previo preparaciones, estudio y demás por la dirección de su establecimiento en el cual están educando”, expresó.

“Indudablemente que esos concursos ajustados como establece el Estatuto del docente por concurso, oposición de antecedentes… de alguna manera genera más conocimiento más saber por parte de los docentes. Esa aspiración se traduce también hacia sus educandos”, concluyó.

 

PREVENCIÓN SANITARIA

Por otra parte, pasó al Senado con media sanción, el proyecto de ley para la creación del Programa Provincial de Concientización y Prevención de la Alergia a la Proteína de la Leche Vacuna (APLV), con el objeto de difundir e implementar acciones tendientes al conocimiento y abordaje integral de esta patología, presentado por la diputada Lorena Lazaroff Pucciariello.

“La alergia a la proteína de la leche de vaca (APLV) es la alteración alimentaria más común durante la infancia. Afecta a más de 15 mil bebés por año en la Argentina, con una incidencia de entre el 2 y el 3 por ciento de niños y niñas en el primer año de vida”, fundamentó.

“Hoy en la Argentina nacen 40 bebés por días con este diagnóstico. Los síntomas son digestivos, que pueden generar cólicos en nuestros bebés; diarreas con sangre, pueden generar erupciones y hasta llegar a una gravedad absoluta que es la anafilaxia, que es justamente la obstrucción en la vía respiratoria. Por ello es fundamental trabajar de forma precoz con todos los integrantes del Ministerio de Salud Pública y en ese sentido trabajar sobre todo en forma mancomunada para poder fortalecer esa capacitación profesional en la investigación clínica”, señaló la diputada Lazaroff.

Los objetivos son: impulsar y potenciar campañas masivas de información y concientización acerca de la Alergia a la Proteína de la Leche Vacuna (APLV); generar conciencia sobre la importancia en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la Alergia a la Proteína de la Leche Vacuna (APLV) y desarrollar y fortalecer programas de capacitación profesional en la investigación clínica y epidemiológica de la Alergia a la Proteína de la Leche Vacuna (APLV).

También: generar consensos básicos y fundamentales sobre los modos de abordaje y actuación frente al diagnóstico de la Alergia a la Proteína de la Leche Vacuna (APLV).

 

NUEVA LEY: 6696 DE REGULARIZACIÓN DE ACTIVOS

También se aprobó sobre tablas la ley por la cual se adhiere la Provincia de Corrientes al Régimen de Regularización de Activos establecido en el Título II de la ley nacional 27743.

El diputado Egui Benitez manifestó que “La ley 27743 de medidas fiscales, paliativas, relevantes, establece ocho títulos de los cuales específicamente este proyecto que viene el Senado es una adhesión al título 2 que es el de regularización de activos comúnmente llamado en la jerga el blanqueo de capital, donde el Estado nacional nuevamente propone una ley de blanqueo la última fuente del gobierno Mauricio Macri que arrojó algo así de 116 mil millones de dólares de blanqueo que ingresa al circuito de la economía formal”.

“Esta ley nuevamente establece ciertos parámetros de blanqueo tanto de peso como de moneda extranjera para personas físicas, sucesiones o divisas tanto de residente como no residente. Por supuesto que esta sanción de la ley tuvo varias asociaciones que aglutina empresariales PYME debido a que una es la fecha de la cual establece etapa esta ley y una de ellas es la del 30 de septiembre que establece la primera etapa justamente para el blanqueo de dinero en efectivo o equivalente en dólares hasta 100.000 o mayor. Por qué establece esto? Porque hasta un monto esta ley establece que no recae ningún impuesto especial y pasado ese monto basado ese monto depende en la época en la etapa que se blanquea hay un impuesto especial que va a decir 5, 10 hasta el 15%”, indicó.

“La idea central justamente esta ley invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la adhesión de esta ley, porque esta ley lo que establece es que por un lado para hacer práctico permite que personas, empresas, blanqueen un bien plata dólares; pero por el otro lado establece lo que se llama un tapón fiscal, o sea que no hay una investigación a través de la Ley de Procedimiento Tributario que es la 11.683 con respecto a la investigación de origen de ese fondo”, detalló.

 

“Entonces por qué es necesario la urgente adhesión de todas las provincias? Porque si alguien plantea un bien, una propiedad o dinero en efectivo, que es depositado en las cuentas especiales de regularización de activos que estableció al banco central, o sea, cada banco que inicia la apertura de esa cuenta, lo vamos a encontrar con un problema que aquellos que realizan el blanqueo pueden quedar comprendido el impuesto provincial o tasas municipales en algunos aspectos que pueden grabar ese blanqueo de plata”, explicó.

 

El ejemplo dado por el diputado señala que “si alguien blanquea una cantidad de dinero, nuestra provincia a través del ente de recaudación que es el la dirección de rentas, y a través del código tributario provincial y las leyes tributaria provincial puede iniciar una acción en cuanto a la determinación de ese origen de una venta de un gravamen y de un ingreso que esta factible que puede ser investigado”.

 

“Entonces -acotó- para cerrar esta idea de esta ley para que tenga éxito por eso la ley prevé que las provincias puedan adherirse de hecho el Senado ha sesionado estos días, por eso me parece oportuno, que la cámara de diputados también le de media sanción a este proyecto para las personas interesadas en la provincia de corrientes, empresas las pymes y aquellas personas puedan estar dentro de este blanqueo y hacer dos salvedades presidente”.

 

“Les decía que a través de tapón fiscal que va a estar por parte de la AFIP puede ser investigado respecto a eso pero no así nadie va a escapar a la investigación de la unidad de información financiera de donde una persona, por ejemplo, si hace un blanqueado una cantidad de plata importante nunca ha tenido una actividad declarada y puede estar comprendido en la investigación del lavado de activo y de financiamiento de actividades”, concluyó.

 

“Y por último presidente para que por ahí, como ahora está muy de moda lo de la casta política que esta no es una ley para la casta política ni para nosotros, porque estamos todos exentos legisladores nacionales, provinciales, intendente, gobernadores y concejales de adherirnos al blanqueo de capitales. Así que muchas gracias presidente y me parece oportuno el acompañar con la media sanción de esta sanción de blanqueo de capitales”, sentenció.

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Actualizada: 26 de septiembre de 2024 — 10:28