A través de un decreto el gobernador Gustavo Valdés, limitó las alianzas locales en los municipios en las próximas elecciones del 31 de agosto. Desde la oposición aseguran que “se están cambiando las reglas de juego electoral sobre la marcha” y a conveniencia de la alianza oficialista Vamos Corrientes.
El decreto Nº 1260, del Poder Ejecutivo Provincial establece que «las secciones de las categorías de candidatos provinciales y municipales que participan de la elección, estarán unidas solo cuando correspondan a una misma agrupación política o alianza, pero en ningún caso una misma lista de candidatos municipales podrá estar adherida a más de una lista de candidatos a cargos provinciales».
Traduciendo a términos políticos y cotidianos esta norma, se prohíben las “colectoras invertidas”, es decir, que los candidatos a cargos municipales hagan alianzas con más de una lista a gobernador o legisladores provinciales.
El decreto asegura que: “la proliferación de las combinaciones de boletas,conocidas como “listas colectoras”, sin criterios uniformes, razonables y legales que las ordene, puede generar confusión en el electorado e inequidad entre los competidores”.
Según el decreto firmado por el mandatario, «las adhesiones o listas colectoras no pueden ser meras uniones de hecho, sin un vínculo lógico, racional, formal y concreto, que demuestre de manera inequívoca una voluntad política compartida»
Además, establece que «en consecuencia, resulta preciso delimitar claramente los alcances de la posibilidad de realizar adhesiones de boletas, armonizando el ordenamiento jurídico a los fines de evitar la confusión en el electorado y promoviendo la transparencia en los procesos electorales».
Polémica
El punto de la discordia del decreto es el “b” que indica lo siguiente:
b) En caso de celebrarse en una misma fecha las elecciones provinciales y municipales, los partidos políticos podrán llevar sus secciones de candidatos comunales adheridas a las de candidatos provinciales solo cuando:
1) presentaren candidatos locales sin conformar alianza,
2) hubieren conformado alianzas municipales únicamente con partidos que también integraren su alianza en cada una de las categorías de candidatos provinciales.
Si un partido político de orden provincial no hubiese presentado candidatos propios o integrado alianzas en algunas de las categorías municipales, mediando convenio de adhesión, podrá anexar las secciones municipales de solo uno de los partidos con los que haya conformado alianza en todas las categorías provinciales.
Del mismo modo, los partidos políticos de orden municipal podrán adherir sus boletas a solo una de las agrupaciones de orden provincial con la que haya conformado una alianza municipal.
En ningún caso las secciones de candidatos municipales de un partido o alianza podrán estar adheridas a más de un partido o alianza de candidatos provinciales.
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